Suprema Corte cierra otra vía de defensa a Adán Cáceres y mantiene vivo proceso judicial del caso Coral
SANTO DOMINGO.– La Suprema Corte de Justicia (SCJ) asestó un nuevo revés judicial al mayor general retirado Adán Cáceres Silvestre al declarar inadmisible el recurso de casación mediante el cual procuraba revertir la decisión que rechazó la extinción de la acción penal en el proceso por corrupción administrativa que enfrenta como principal imputado de los casos Coral y Coral 5G.
Con esta decisión, el exjefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep) acumula un quinto intento fallido de poner fin anticipadamente al proceso judicial que se sigue en su contra, luego de que distintas instancias del sistema de justicia descartaran los argumentos presentados por su defensa para alegar una supuesta dilación indebida del expediente.
La decisión de la alta corte mantiene vigente el curso del proceso penal y fortalece las resoluciones emitidas previamente tanto por el tribunal de juicio como por la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que habían rechazado las pretensiones del exalto oficial.
Cinco intentos sin éxito
Antes de llegar a la Suprema Corte, la defensa de Cáceres Silvestre había solicitado en tres ocasiones ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la extinción de la acción penal, alegando el transcurso del tiempo procesal.
Sin embargo, en cada oportunidad el tribunal concluyó que el período transcurrido resultaba razonable tomando en consideración la complejidad, dimensión y características particulares del proceso.
Posteriormente, los abogados del exdirector del Cusep recurrieron ante la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, instancia que igualmente rechazó el planteamiento y confirmó íntegramente la decisión adoptada en primer grado.
Tras ese nuevo revés, la defensa acudió en casación ante la Suprema Corte de Justicia, buscando invalidar la resolución emitida por la Corte de Apelación.
Suprema declara inadmisible el recurso
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, integrada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Yorlin Vásquez Castro, concluyó que el recurso presentado no cumplía con los requisitos legales necesarios para ser conocido en casación.
Los jueces declararon inadmisible la impugnación interpuesta contra la resolución penal núm. 502-2026-SRES00071, emitida el 26 de febrero de 2026 por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
La alta corte estableció que en el caso no se verificaba el presupuesto de impugnabilidad objetiva exigido por el artículo 441 del Código Procesal Penal, razón por la cual el recurso no podía ser admitido para su conocimiento.
Con esta decisión queda firme la resolución recurrida y el expediente continúa su curso en las instancias correspondientes.
Ministerio Público respaldó rechazo del recurso
Durante el conocimiento del caso, el Ministerio Público solicitó que el recurso fuera rechazado al considerar que los alegatos presentados por la defensa no demostraban las violaciones denunciadas.
La posición del órgano acusador fue sostenida por la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, junto a los fiscales Jonathan Pérez Fulcar y Miguel Collado.
De igual manera, los abogados que representan al Estado dominicano solicitaron la inadmisibilidad del recurso bajo el argumento de que la decisión impugnada no era susceptible de ser recurrida en casación.
Tras conocerse el fallo, el Ministerio Público valoró la decisión judicial al considerar que fortalece los esfuerzos institucionales dirigidos a combatir la corrupción y la impunidad.
Condenas de hasta 20 años
La decisión se produce pocos meses después de que el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional emitiera sentencia condenatoria contra varios de los principales acusados del entramado de corrupción desmantelado mediante las operaciones Coral y Coral 5G.
En junio pasado, Adán Cáceres Silvestre, el general retirado Juan Carlos Torres Robiou y el coronel policial Rafael Núñez de Aza fueron condenados a 20 años de prisión por corrupción administrativa.
Asimismo, recibieron condenas de 15 años de reclusión el general Julio Camilo de los Santos Viola y Rossy Maybelline Guzmán Sánchez, conocida como «la Pastora», quienes además fueron condenados al pago de multas equivalentes a 400 y 300 salarios mínimos a favor del Estado.
En total, el tribunal dictó condenas contra 29 personas, imponiendo penas de entre 10 y 20 años a quienes fueron considerados integrantes de la estructura principal de la red.
Acusación por desvío de fondos públicos
Según la acusación presentada por el Ministerio Público, la organización operó entre los años 2012 y 2020 mediante un esquema que habría permitido el desvío de recursos públicos asignados al Cuerpo Especializado de Seguridad Presidencial (Cusep) y al Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur).
La investigación también identificó afectaciones económicas al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), además de la participación de personas físicas y jurídicas vinculadas a las operaciones financieras atribuidas a la presunta estructura.
Con el rechazo del recurso de casación, una de las últimas vías procesales utilizadas por la defensa de Cáceres Silvestre para procurar la extinción anticipada del caso queda cerrada, mientras el proceso judicial continúa avanzando dentro del sistema de justicia dominicano.