Juez decidirá el 16 de octubre si cambia calificación de homicidio en caso Jet Set
SANTO DOMINGO.– El juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, aplazó para el próximo viernes 16 de octubre la audiencia en la que decidirá si mantiene la calificación de homicidio involuntario en el caso de la tragedia de la discoteca Jet Set o si procede una modificación jurídica.
La audiencia estuvo marcada por los cuestionamientos de los abogados de las víctimas a la calificación sostenida por el Ministerio Público, al considerar que los hechos deben ser tratados como homicidio voluntario bajo la figura del dolo eventual.
Juan Hirohito Reyes, representante legal de los querellantes, argumentó que las circunstancias del caso no deberían limitarse al homicidio involuntario, contemplado en el artículo 319 del Código Penal, debido a que, según su planteamiento, los imputados habrían conocido las condiciones de riesgo de la estructura sin adoptar medidas para prevenir el colapso.
El abogado citó informes periciales, mensajes y testimonios que, a su juicio, apuntan a la existencia de advertencias previas sobre el estado del techo, entre ellas filtraciones, la incorporación de peso adicional y la caída de fragmentos el mismo día del derrumbe.
Reyes sostuvo que estos elementos deben ser considerados al determinar la calificación jurídica de los hechos y establecer si los imputados pudieron representarse la posibilidad de un resultado fatal y, aun así, continuar actuando sin tomar las precauciones necesarias.
El jurista explicó que el dolo eventual se distingue de la culpa consciente porque supone que una persona contempla la posibilidad de que ocurra un resultado dañoso y continúa con su conducta pese a ese riesgo.
Por su parte, el Ministerio Público mantiene la calificación de homicidio involuntario, mientras que los abogados de las víctimas insisten en que las circunstancias que exponen justifican una imputación más grave.
La decisión del magistrado determinará si se conserva la calificación jurídica actual o si se modifica conforme a los argumentos presentados por las partes.
Además, un eventual cambio que altere la competencia del tribunal podría implicar que el proceso pase de la Cuarta Sala Penal a un Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.